Entre los gastos que se generan en la compraventa de un inmueble, el importe del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es responsabilidad del vendedor que realiza sus actividades económicas como persona física o persona moral no lucrativa. Sin embargo, es posible reducir el valor del ISR que se tendrá que pagar o simplemente evitar. Para obtener uno de estos beneficios hay que tener en cuenta lo que se menciona en seguida.

 

Exención del ISR. Para gozar de esta ventaja fiscal, es necesario que la ganancia que se obtenga de la venta no sobrepase la cuantía de 700,000 UDIs (Unidades de Inversión). Así pues, se necesitará los siguientes documentos al nombre del dueño o, como alternativa, al nombre de su cónyuge o descendientes o ascendientes en línea recta (hijos, nietos, padres o abuelos):

1. Credencial de elector, en donde se especifica el domicilio del inmueble.

2. Recibos de luz y teléfono.

3. Estados de cuenta de servicios proveídos por instituciones del sistema financiero del país, por ejemplo, cuentas bancarias.

Cabe recordar que la exención únicamente se puede hacer una vez cada tres años, por tanto, si el impuesto que se tiene que pagar es reducido, lo más conveniente es pagar para no perder la oportunidad de utilizar esta facultad en una futura ocasión más oportuna.


Deducción del ISR. Si no se puede evitar pagar el ISR, en el caso de la compraventa de una propiedad, es posible deducirlo a través de cuatro nociones:

· Costo comprobado de adquisición: El vendedor tiene que comprobar cuál fue el costo de adquisición del inmueble que desea poner en venta.

  • Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones: En estos casos, las facturas de estos trabajos servirán para acreditarlos.
    · Gastos notariales: Lo que se gaste en trámites notariales puede ayudar a la deductibilidad si estos se corroboran con las debidas facturas.
    · Comisiones y mediaciones: Si se ha tenido que desembolsar dinero para remunerar mediadores inmobiliarios, las facturas que se reciban por los servicios de estos profesionales servirán para la deducción.

 

Tomando en cuenta estos conceptos, el cálculo del valor que se podrá deducir del ISR será efectuado por un notario.
Esperamos que esta información haya sido de suficiente ayuda y recuerda que si estás buscando estrenar casa acércate a VIDUSA donde uno de nuestros asesores resolverá tus dudas y te ayudará con el proceso del trámite de tu crédito.

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